viernes, 31 de mayo de 2013

AMORTIZACIÓN DE BIENES CON PÉRDIDAS POR DETERIORO.

     Cuando proceda reconocer valorativas por deterioro, se ajustarán las amortizaciones de los ejercicios siguientes del inmovilizado deteriorado, teniendo en cuenta el nuevo valor contable.

EJERCICIO:

La sociedad X tiene en su balance una máquina, que constituye una unidad generadora de efectivo, con un coste de adquisición de 10.000€, una vida útil de 10 años y una amortización acumulada, al comienzo del ejercicio 2008, de 2.000€. Al cierre del ejercicio 2008, como consecuencia de unos movimientos del mercado de los productos fabricados por ese tipo de máquina el valor en uso de dicha máquina es de 5.740€, procediendo a dotar la correspondiente corrección valorativa. Conociendo que la vida útil restante, incluyendo el año 2008, es de 8 años, contabilizar las operaciones del año 2008 y 2009.

Maquinaria:
Precio Adquisición.................................................10.000
Vida útil............................................................... 10 años
Amortiz. Acumulada..(01/01/08)..............................2.000
Valor en uso (31/12/08)...........................................5.740

_________________________31/12/2008__________________________

1.000 (681) Amortiz. Inmov. Material.
                                              a (281) Amortiz. Acumulada Imov. Mat. 1.000

                                              ____________

Valor Contable (10.000 - 3.000) .................7.000
Valor en uso ...............................................-5.740
Pérdida por deterioro                                   1.260

________________________31/12/2008__________________________

1.260 (691) Pdas por deterioro Inmov. Mat.
                                         a (291) Deterioro del valor del Inmov. Mat. 1.260

                                           _____________

Precio adquisición..............................................10.000
Amortiz. Acumulada...........................................-3.000
Pdas deterioro....................................................-1.260
Valor Contable.....................................................5.740

Vida útil restante..................................................7 años

5.740 / 7 = 820

______________________31/12/2008___________________________

820 (681) Amortiz. Inmov. Material
                                        a (281) Amortiz. Acumulada Inmov. Material 820











                                                               

miércoles, 9 de enero de 2013

PÉRDIDAS POR DETERIORO (PROVISIONES)

     Apenas existen diferencias con el PGC de 1990.

"... se producirá una pérdida por deterioro cuando su valor contable supere a su importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en
uso"

Valor en uso: Valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, a través de su utilización en el
curso normal del negocio, actualizados a un tipo de interés libre de riesgo.

_________________________X_________________________________
(691) Pérdidas por deterioro del In-
          movilizado material             a          (291) Deterioro del valor del inmovi-
                                                                         lizado material.

jueves, 8 de noviembre de 2012

LAS CORRECCIONES DE VALOR. AMORTIZACIONES

AMORTIZACIÓN

   En la morma 2 se produce la siguiente novedad: "...se amortizará de forma independiente cada parte de un elemento del inmovilizado material que tenga un coste significativo en relación con el coste total del elemento y una vida útil distinta del resto de elementos".

   Un inmovilizado es algo complejo, que está compuesto por partes independientes y con vidas útiles distintas, y que debemos separar en lo posible estas partes, porque a la hora de la amortización producen un desajuste en la cuenta de resultados de la empresa. En este caso, debemos intentar evitar dichos desajustes, lo que se logra separando cada una de las partes del inmovilizado.

EJERCICIO:

La sociedad X compra un edificio por un valor de 35.000 €, correspondiendo 5.000 al valor del terreno. La vida útil estimada es de 30 años. Cada 10 años, realiza la renovación de la instalación eléctrica que tiene un coste de 9.000.

Por la compra del edificio:
 ______________________________X____________________

 5.000 (220) Terrenos
30.000 (221) Construcciones     a (572)   Bancos, c/c    35.000

Por la amortización:

cuota       21.000/30 = 700  edificio
anual         9.000/10 =  900  instalación eléctrica

_____________________________X_____________________

1.600 (681) Amortización del I.Material
                                     a (281) Amortización Acumulada
                                                  I.Material                       1.600

Cada 10 años, realizamos la baja de la instalación eléctrica antigua y el alta de la instalación eléctrica nueva, por 9.000€

____________________________X_____________________
 Baja antigua
9.000 (281) Amortización Ac I.M.
                                      a (211) Construcción         9.000
____________________________X_____________________
Alta nueva
9.000(211) Construcción nueva
                                       a (572) Banco                  9.000












lunes, 15 de octubre de 2012

APORTACIONES NO DINERARIAS

Tenemos que distinguir dos puntos de vista, el de la sociedad receptora, donde estamos principalmente a lo dispuesto en las leyes mercantiles, y el de la sociedad aportante, donde se aplican las normas de permutas.

SOCIEDAD RECEPTORA

Rige el valor de la escritura que coincidirá normalmente con el valor razonable.
Si el capital social aparece sin ninguna duda por el importe escriturado, el importe de los bienes recibidos deberá ir obligatoriamente por dicho valor, porque en caso contrario se produciría un descuadre en el balance. No se produce ningún resultado en la operación.

SOCIEDAD APORTANTE

Las acciones se valorarán inicialmente por el valor razonable de la contraprestación, por lo que daremos de baja el bien aportado (a su coste) y daremos de alta las acciones (al valor razonable de la contraprestación), por lo que para cuadrar el asiento, tendremos que recoger un beneficio o una pérdida.

Los flujos de caja que recibiremos del bien difieren sustancialmente de los que podemos recibir de las acciones, por lo que aplicando las normas de las permutas, clasificaremos a ésta como comercial y, por lo tanto, recogeremos los posibles beneficios que se produzcan en la cuenta de resultados.

En el caso de que aportemos los bienes a otra sociedad del grupo las acciones recibidas se clasificarán obligatoriamente en la cartera 5, Inversiones en el patrimonio de empresa del grupo, multigrupo o asociadas. Si la aportación es únicamente de un bien, las acciones recibidas se contabilizarán al valor razonable de la contraprestación más los costes de la transacción, recogiendo, por lo tanto, los correspondientes beneficios o pérdidas si procediese. Pero si lo que se aporta es un negocio, se valorarán las acciones recibidas al valor contable de los elementos patrimoniales que integren el negocio sin reconocer beneficios.

EJERCICIO

 La entidad X acude a la ampliación de capital de Y, aportando una finca , que constituye un negocio, cuyo precio de adquisición es 5.000€. El valor otorgado en la escritura de ampliación es de 20.000€. Contabilizar dicha operación bajo el punto de vista de ambas sociedades considerando: 

  a) La aportación no es a una empresa del grupo.
 b) La aportación es a una empresa del grupo. (Otorga poder de decisión)

ENTIDAD Y (Receptora)
------------------------------------------------ X --------------------------------

20.000             (210) Terrenos y bienes naturales
                                                         a (100) Capital Social      20.000

ENTIDAD X (Aportante)

a) La aportación no es a una empresa del grupo.
Se considera permuta comercial.

-----------------------------------------------Y ---------------------------------

20.000            (250) Inversiones financieras a L/P en 
                                 instrumentos de patrimonio
                                             a (210) Terrenos y bienes
                                                                       Naturales          5.000
                                               (711) Beneficios procedentes
                                                                      I. material          15.000


b) La aportación es a una empresa del grupo y se aporta un negocio.
---------------------------------------------- Y ---------------------------------
5.000             (240) Participaciones a L/P en partes vinculadas
                                                         a (210) Terrenos y bienes
                                                                      Naturales            5.000




















domingo, 22 de julio de 2012

PERMUTA CON PAGO PARCIAL E IVA

 Los IVA se aplican sobre el valor razonable de los elementos que participan en la permuta.

Después de un largo devate en el grupo Contabilidad y Tributación de Linkedin y gracias a @David se llegó a esta solución.

 
SOLUCIÓN DEL EJEMPLO DE ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE INMOVILIZADO MATERIAL MEDIANTE PERMUTA NO COMERCIAL

El valor de "venta" por FRV / "re-adquisición", por el concesionario (a efectos de la permuta) de la furgoneta vieja entregada al mismo, es el único dato que desconocemos de la operación de adquisición de la furgoneta nueva, mediante permuta no comercial con pago parcial. Debemos calcularlo.

Datos que conocemos, a partir del enunciado del caso práctico:

- Precio de adquisición furgoneta vieja (según catálogo de venta) = 9.900€
- Precio de adquisición furgoneta vieja (según contabilidad de FRV) = 8.500 €
- AAIM furgoneta vieja (según contabilidad de FRV) = 7.600 €
- Pagamos el total de la operación de adquisición de la furgoneta nueva, mediante un cheque bancario de 8.950 €
Deducimos que el VNC (Valor Neto Contable) de la furgoneta vieja es de 900 €.

Método de cálculo y resolución de caso práctico:

La permuta no comercial tiene dos contrapartidas (partes), de las cuáles desconocemos sus valores. Por tanto:
- Llamaremos X, a la parte monetaria (cantidad incluida en el cheque bancario de 8.950 €)
- Llamaremos Y, a la parte no monetaria (entrega de la furgoneta vieja). Es decir, el precio de "re-adquisición" por el concesionario, a efectos de la permuta, según factura. Es decir, Y es su valor razonable.

Sabemos que la parte monetaria ha de ser igual a precio de adquisición (según catálogo) de la furgoneta nueva, menos el valor razonable de la furgoneta entregada.

Es decir, X = 9.900 – Y.

Asimismo, sabemos que el cheque bancario incluye la suma de la parte monetaria de la permuta y el diferencial de IVA. Siendo el diferencial de IVA, la diferencia entre el IVA soportado y el IVA repercutido en la permuta no comercial de las furgonetas (1.782 menos 18% s/ Y)

Es decir, 8.950 = X + [1.782 – (0,18 * Y)]

Indicado de esta manera, según el ejemplo de cálculo de un asiento de permuta (página 44 del "Manual de contabilidad financiera (II): Análisis de los Grupos de Cuentas. Activo y Pasivo No Corriente", cuya autora es concepción Nieto Ojeda http://www.eduinnova.es/monografias2010/nov2010/financiera2.pdf)

Por consiguiente, tenemos un sistema de dos ecuaciones con dos incógnitas (X e Y).
Primera ecuación, X = 9.900 – Y.
Segunda ecuación, 8.950 = X + [1.782 – (0,18 * Y)]

Para resolverlo, seguiremos el método de sustitución:

Sustituimos X por su valor (9.900 – Y), en la segunda ecuación:
8.950 = (9.900 – Y) + 1.782 – (0,18 * Y).

Operamos la ecuación, para simplificarla, y finalmente la resolvemos:
8.950 = (9.900 – Y) + 1.782 – (0,18 * Y)
Y + (0,18 * Y) = 9.900 + 1.782 – 8.950
1,18 * Y = 2.732

Por tanto, Y (parte no monetaria de la permuta) = 2.732 / 1,18 = 2.315,25 €
Entonces, IVA repercutido = 18% s/ 2.315,25 = 416,75 €.
Total de la factura que hace FRV= 2.315,25 + 416,75 = 2.732€
IVA soportado= 18% s/ 9.900 = 1.782€
 
Por último, sustituimos Y por su valor, y deducimos que X (parte monetaria de la permuta: incluida en el cheque bancario de 8.950 €) es igual a 9.900 - 2.315,25 = 7.584,75 €.

De esta manera, el valor (a efectos contables, para FRV) de la furgoneta nueva adquirida, es 7.584,75 + 900 = 8.484,75 €.

Para terminar, y como curiosidad, el cheque bancario incluye la suma de la parte monetaria de la permuta y el diferencial de IVA.

Por consiguiente, dicho diferencial de IVA deberá ser, naturalmente, el total del cheque bancario menos la parte monetaria de la permuta.

Es decir, 8.950 € (Total del cheque bancario) – 7.584,75 € (Parte monetaria de la permuta) = 1.365,25 € (Diferencia entre el IVA soportado, 1.782 €, y el IVA repercutido, 416,75 €, en la operación de permuta no comercial de furgonetas.)

CONTABILIDAD  FRV

                                                                                                                 
8.484,75 (218) Elementos transporte (nueva)
1.782,00 (472) IVA soportado
7.600,00 (2818) AAIM Elementos transp.
                                          a (218) Elementos transp. ( vieja)  8500,00
                                             (477) IVA repercutido                     416,75
                                            (572) Bancos                                 8.850,00

CONTABILIDAD CONCESIONARIO
 Compra furgoneta vieja:
                                                                                                                  

2.315,25 (600) Compras furgoneta usadas
   416,75 (472) IVA soportado
                                     a (400) Proveedores 2.732,00

Venta:
                                                                                                                   

8.950,00 (572) Banco
2.732,00 (400) Proveedores
                                     a (700) Ventas furgonetas nuevas  9.900,00
                                        (477) IVA repercutido                    1.782,00 



martes, 15 de mayo de 2012

PERMUTAS

Se distinguen dos tipos:

1.- PERMUTAS NO COMERCIALES.
     Los flujos de caja originados por el nuevo bien son básicamente iguales que los originados por el antiguo.
     El nuevo bien se recoge por el valor contable del bien entregado, recogiendo pérdidas, pero en ningún caso beneficios. Los flujos de efectivo del nuevo bien serán similares a los del bien entregado.

2.-PERMUTAS COMERCIALES.
     Se suponen comerciales cuando cambia significativamente el importe o la estructura de los flujos de caja originados por el nuevo bien, es decir, cambiamos un bien por otro que no tienen nada que ver entre sí.
     Permiten el reconocimiento no sólo de pérdidas, sino también de beneficios. Contabilizaremos el inmovilizado material recibido por el valor de mercado del activo entregado, salvo que tengamos mejor evidencia del valor razonable del activo recibido, y con el límite de este último. Las posibles diferencias irán directamente al resultado del ejercicio. Es necesario que los flujos de efectivo del nuevo bien difieran sustancialmente de los del antiguo en configuración (riesgo, plazos e importes) o bien difiera el valor actual del efectivo.

EJEMPLO:
 
La sociedad PERMUTINGVOY decide desprenderse de una máquina adquirida por 
100.000 euros y amortizada en 60.000 euros y permutarla por un nuevo 
elemento de transporte que asignará a una nueva rama de actividad que
 pretende llevar adelante.  El activo recibido tiene un valor de mercado
 de 90.000 euros mientras que la máquina entregada no puede valorarse por
referencia a un mercado, ni se ha sometido a peritación para esta operación.
Contabilizar esta permuta suponiendo primero que la operación es comercial.
 Contabilizar  nuevamente la operación suponiendo que la operación es no
  comercial. Comentar las diferencias entre una y otra contabilizaciones.

NO COMERCIAL.
_________________________x___________________________________

60.000 (281) A.AC. I. M.
40.000 (218) Elementos de transporte.   a   (213) Maquinaria     100.000

El valor del bien que entra se contabiliza por el valor contable del bien que
sale. Se puede contabilizar pérdidas por la operación pero no beneficios.

COMERCIAL.
_________________________x___________________________________

60.000 (281) A. AC. I. M.
90.000 (218) Elementos de transporte.   a (213) Maquinaria         100.000
                                                                 (771) Bº procedente     50.000
                                                                               I. M. 


El valor del bien que entra se contabiliza por el valor de mercado o por el
valor razonable. Se contabiliza las pérdidas o los beneficios de la operación.


EJEMPLO:



La empresa de transportes por carretera CAMIONWAY posee una unidad de porte 
frigorífico pero ha dejado de interesarle esta actividad y prefiere concentrarse
 en la de graneles. Contacta con otra empresa de transportes que está dispuesta
 a intercambiar la caja frigorífica (contabilizada por 6.000 u.m. en el momento de la
 adquisición hace 3 años y amortizada al 25% anual) por dos cubas de graneles 
que valen en el mercado 600 u.m. cada una.
Contabilizar la operación de permuta en CAMIONWAY. Indicar en qué importe se
 amortizará una de las cubas en su primer año de funcionamiento  si tendrá una
 vida útil de 3 años con depreciación lineal (se considerará la permuta como no
 comercial).


NO COMERCIAL

____________________________x_________________________________

4.500 (281) A. AC. I. M.
1.200 (218) Elemento de transporte
   300 (671) Pérdidas procedente I. M.       a (218) Elemento de 
                                                                                 Transporte            6.000

__________________________31/12/X______________________________

400 (681) A. I.M.                                     a (281) A. AC. I. M.                400

1.200 / 3 = 400             (200 POR CADA CUBA)