El fondo de reversión, ha desaparecido del Plan de Cuentas.
El fondo de reversión surge en los activos afectos a concesiones administrativas que deben de revertir a la entidad otorgante al cabo de un cierto tiempo. Si la duración del período concesional es inferior a la vida útil del bien, en el momento de la reversión, se va a producir una pérdida.
Con el PGC 07 desaparece la necesidad de dotar este fondo de reversión, porque la amortización se va a realizar en función del tiempo que el bien se va a utilizar en la empresa, y no en función del tiempo que puede funcionar.
EJERCICIO:
Un ayuntamiento ha construido una piscina. Como desea ofrecer un servicio de restauración, y no tiene medios económicos para montar las instalaciones, ofrece en régimen de concesión la explotación de la cafetería durante un plazo de 5 años, con la condición de que el concesionario debe revertir las instalaciones de hostelería al cabo de esos cinco años. La vida útil de las instalaciones es de 7 años y su coste de 7.000€.
-¿Durante cuánto tiempo nos va a producir el bien ingresos?............5 años.
-¿Cuál es el precio del bien?................................................... ........7.000€
_______________________01/01/X_____________________
Por la adquisición de la maquinaria:
7.000 (213) Maquinaria
a (572) Banco 7.000
_______________________31/12/X_____________________
Amortización:
1.400(681) A. I. Material
a (281) A. Ac. I. Material 1.400
Al final de los 5 años, en el balance de la sociedad aparecerá:
ACTIVO PASIVO
Maquinaria 7.000 A. Ac. I. Mat. 7.000
______________________01/01/X+5____________________
Por la entrega al ayuntamiento de nuestro inmovilizado:
7.000 (281) A. Ac. Inmov. Material
a (213) Maquinaria 7.000
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